Asociación de Personal

El 17 de Octubre de 1943 se creó la Asociación del Personal Docente y Administrativo de la Universidad de Concepción.

El 18 de Enero de 1946 se redujo a escritura pública su Estatuto y por D.S. Nº 3853 del 24 de julio de 1946 obtuvo la Personalidad Jurídica.

La actual Personalidad Jurídica deriva del D.S. Nº 1965 del 7 de Abril de 1959, publicado en el Diario Oficial del 18 de Abril de 1959, por el cual se aprobó el Estatuto hoy vigente.
Se creó por una inquietud de docentes y administrativos para aunar gestiones encaminadas hacia la obtención del bienestar del personal universitario.

Está integrada por el personal docente y administrativo de la Universidad de Concepción, quien debe decidir su incorporación a la Institución en la época de su contratación como funcionario de la Universidad.

 

INCORPORACIÓN ASOCIACIÓN DEL PERSONAL

 

  • Descripción

Es la facultad que tienen los nuevos trabajadores, de planta, con contrato indefinido de incorporarse voluntariamente a la Asociación, efectuando los aportes al FIUC y Servicio Médico, para acceder a los beneficios que esta organización ha convenido con la Universidad.
El monto del aporte asumido por el trabajador asciende al 7% de su renta imponible.

FIUC
Indemnización por años de imposiciones, de conformidad al reglamento. Se financia con el 5% de la Renta Imponible de cada Trabajador.

Servicio Médico
El Servicio Médico (SM) tiene por objeto complementar los beneficios que otorgan las Instituciones de Salud Pública o Privadas, las Compañías de Seguros u otras, mediante una bonificación.
 


 

  • Requisitos

- Tener la calidad de trabajador universitario con contrato indefinido.
 


 

  • Plazo de Incorporación y Documentos a presentar

La solicitud de incorporación deberá presentarse en un plazo máximo de 60 días desde la fecha de firma del contrato de trabajo, debiendo adjuntar a la solicitud :

- Copia de Contrato de Trabajo
- Colilla de Renta
- Una foto tamaño carné con Nombre Completo y Rut
 


 

  • Beneficios

* Préstamo de Auxilio : Se tiene derecho con 2 años de imposiciones en el FIUC. Monto 100 UF.

* Préstamo de Libre Disposición : Se tiene derecho cuando existen 3 años de imposiciones continuas. Plazo 6 años, interés 6% renta anual. Monto 400 UF.

* Préstamo Hipotecario : Se accede con 7 años de antigüedad, para compra o construcción, 5 años para compra de sitio. Plazo 12 años, interés 6% real anual. Monto 1.200 UF para compra o construcción. 600 UF para compra de sitios.

* Préstamo Habitacional complementario : Destinado a cancelar total o parcialmente deuda bancaria relacionada con el préstamo hipotecario. Monto máximo 500 UF.

* Préstamo Habitacional Casa Dos : Destinado a adquirir una segunda propiedad Interés 8% real anual. Monto 1.200 UF.

* Servicio Médico : Bonificaciones sobre las prestaciones médicas que se acuerden.

* Servicio Dental.

* Termas de Catillo : Tarifas rebajadas en cada temporada para el trabajador, cónyuge e hijos.

* Casas Comerciales : Sistemas de crédito.

* Cuotas Mortuorias : Se cancela a los herederos previa documentación que corresponde.

* MAYOR INFORMACIÓN :

 

Procedimiento

 

COD: C-070 Incorporación a la Asociación del Personal
 


 

  • Retiro de Fondos

El FIUC se retira bajo las siguientes circunstancias :

- Al término del Contrato de Trabajo.

- Al cumplir 30 años de Imposiciones.

- Al fallecimiento del Imponente.

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