Reglamentos Universitarios

DOCUMENTOS DESCARGABLES
Reglamento de Personal
Reglamento HyS
Política HyS UdeC
RESOLUCION VRAEA Nº 2015 91 - 3: Sobre Obras y Ampliaciones
MATPEL: Reglamento de Manejo de Sustancias Peligrosas UdeC
MATPEL: Reglamento de Manejo de Gases UdeC
MATPEL: Reglamento de Manejo de Residuos Peligrosos UdeC UdeC
MATPEL: Plan de Emergencias Tecnológicas UdeC
Tabla de Incompatibilidades

 

Reglamentación interna relacionada con la seguridad laboral y salud ocupacional que se encuentra en el Reglamento del Personal y reglamento de Higiene y Seguridad.

Reglamentos

 

● Reglamento del Personal:

Artículo 101:
Todo el personal de la Universidad será responsable de su propia seguridad, quedando obligado a cumplir fielmente las normas de este Título, las contenidas en el Reglamento de Higiene y Seguridad y las Instrucciones de sus Jefaturas.

Artículo 102:
La Dirección de Personal de la Universidad será responsable de planificar, organizar, ejecutar y supervisar las acciones permanentes de prevención para evitar accidentes del trabajo y enfermedades profesionales.

Artículo 103:
Los Jefes de Organismos y los Comités Paritarios de Higiene y Seguridad serán responsables de hacer cumplir las disposiciones de higiene y seguridad que afecten al personal de sus organismo, debiendo fomentar el interés por las actividades de prevención, impulsar los planes y programas que se adopten y dar a conocer las medidas preventivas que se aprueben.
Del mismo modo, será responsabilidad de dichos niveles de jefatura velar por la debida capacitación en prevención de riesgos del personal de sus organismos, solicitando los cursos que sean requeridos y promoviendo y difundiendo la concurrencia de los trabajadores a los cursos programados, en especial tratándose de aquellos que asuman nuevas funciones o ingresen por primera vez a la Universidad.

Artículo 104:
Teniendo presente los riesgos existentes y las funciones que cada trabajador realice, cada organismo, a través del correspondiente Comité Paritario de Higiene y Seguridad, especificará los elementos de protección personal adecuadas para sus trabajadores y se los proporcionará en forma oportuna.
Cada trabajador será responsable de la mantención y uso adecuado de dichos elementos, calificándose como negligencia inexcusable el incumplimiento de esta disposición. En este último caso, el trabajador podrá ser sancionado con una de las medidas señaladas en el artículo 77.
 


 

Documentos

 

* Para ver documentos relacionados por favor descargar archivos adjuntos

 

 

Legislación

 

Contiene documentos pertinentes a las leyes chilenas en temas de Seguridad y Salud en el trabajo.

Normativa vigente relacionada con la seguridad laboral:

Nombre

Descripción

Ley 16.744

Sobre accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales.

D.S N° 594

Reglamento sobre condiciones sanitarias y ambientales básicas en los lugares de trabajo.

D.S N° 40

Reglamento sobre prevención de riesgos profesionales

D.F.L N° 725

Código Sanitario

D.S N° 54

Reglamento sobre Comités Paritarios

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